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viernes, 6 de mayo de 2011

Discapacidad / 1era parte

Empleo y Discapacidad

Asesoras del diputado Oltolina viajaron a San Martín de los Andes para presenciar una de las ponencias que el área de discapacidad de ese municipio organizó.

En torno al eje Empleo y Discapacidad, la especialista Beatriz Pellizari, fundadora de la Organización Sin Fines de Lucro “La Usina”(www.lausina.org), invitó a indagar sobre lo que deben enfrentar los jóvenes con discapacidad al salir de la escuela. A lo largo de dos horas recorrió esta problemática en profundidad, la que iremos transcribiendo en distintas notas, con el fin de tomar el desafío que propone Pellizari: generar opinión y sensibilizar a la comunidad. En esta primera entrega reproducimos una nota previa a la charla que hizo la periodista Christine Clark del diario La Voz de los Andes a Beatriz.









Nota: http://www.lavozdelosandes.com/nota.php?sec=48&id=1056

El diputado Oltolina, interesado en la problemática, presentó el pasado mes de abril un proyecto que ronda a las familias con hijos discapacitados. El proyecto busca reformar el “Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública “Decreto Ley 1853/58, ratificado por Ley N°1”. Contempla la modificación de los artículos 73 referido a la licencia por maternidad y el inciso “C” del articulo 78 del Decreto Ley 1853/58.

En el primer caso considera a los padres que deben afrontar el nacimiento de un niño con discapacidad, en ese sentido “se otorgará a la madre el derecho de hasta seis (6) meses de licencia con goce de sueldo desde la fecha del vencimiento del periodo de prohibición de trabajo por maternidad”. Para el padre de ese niño, se otorgara “una licencia especial remunerada de 30 días”.

Por otro lado, el proyecto prevé modificar el inciso “c” del artículo 78 del Decreto Ley 1853/58, que “para el agente varón otorgara diez (10) días corridos posteriores al nacimiento del hijo o a partir del otorgamiento de la Resolución Judicial de Guarda con fines de Adopción” y en el caso de nacimiento de un niño con discapacidad “se otorgara al padre una licencia especial remunerada de 30 días”,

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